Publicado el 1 de octubre de 2025 · AGAME Abogados · Oviedo

Herencias y sucesiones: pasos esenciales para tramitar una herencia correctamente

Revisado jurídicamente por AGAME Abogados – Despacho especializado

La tramitación de una herencia suele generar dudas importantes: qué documentos son necesarios, cómo se reparten los bienes, qué impuestos deben pagarse o qué ocurre si existen deudas y desacuerdo entre herederos.

En esta guía explicamos, de forma clara y rigurosa, cómo funciona una herencia en España, qué derechos tiene cada heredero y qué decisiones conviene tomar con asesoramiento profesional.

Primeros pasos tras el fallecimiento

Antes de poder repartir una herencia es necesario obtener determinados certificados y recopilar la documentación básica:

Estos documentos permiten saber si existe testamento y si hay seguros vinculados a la sucesión.

Herencia con testamento y sin testamento

La forma de tramitar la herencia varía según exista o no testamento:

Herencia con testamento

Se respeta la voluntad del causante, salvo los límites de la legítima. El testamento determina quién hereda y en qué proporción.

Herencia sin testamento

La ley establece un orden de llamamiento (hijos, padres, cónyuge, hermanos…), a través de la declaración de herederos abintestato.

Declaración de herederos

Cuando no hay testamento, debe tramitarse ante notario (o, en ciertos casos, ante el juzgado) para determinar quiénes son los herederos legales.

Herederos, legitimarios y legatarios

En el sistema sucesorio español es esencial distinguir entre estas figuras:

Herederos

Reciben la totalidad o una parte del caudal hereditario, incluyendo bienes, derechos y obligaciones.

Legitimarios

Personas con derecho mínimo garantizado por ley (legítima): hijos y descendientes, padres o ascendientes y, en determinados supuestos, el cónyuge viudo.

Legatarios

Reciben un bien o derecho concreto (dinero, inmueble, joya, etc.) sin participar en el resto del patrimonio.

Inventario de bienes y deudas

Para repartir correctamente la herencia es imprescindible elaborar un inventario que identifique y valore:

El inventario permite conocer el valor real de la herencia y decidir si conviene aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.

Aceptar o renunciar a la herencia

Existen tres opciones principales:

Aceptación pura y simple

El heredero recibe bienes y responde de las deudas con su patrimonio personal. No es recomendable sin un inventario riguroso.

Aceptación a beneficio de inventario

Permite limitar la responsabilidad: las deudas se pagan solo con el patrimonio hereditario, protegiendo el patrimonio propio del heredero.

Repudiación de la herencia

El heredero renuncia y su parte pasa a quien corresponda según testamento o ley. Puede ser recomendable cuando las deudas superan claramente a los bienes.

Reparto y adjudicación de la herencia

Una vez aceptada la herencia, debe procederse a su partición:

Si no hay acuerdo entre los herederos, puede acudirse a la mediación, a la intervención notarial o, en último término, a la división judicial de herencia.

Fiscalidad: impuesto de sucesiones y plusvalía

La herencia conlleva obligaciones fiscales que conviene no descuidar:

La carga fiscal varía según la Comunidad Autónoma y la situación concreta de los herederos, por lo que es aconsejable un estudio personalizado.

¿Tienes un caso parecido?

Revisamos tu situación y te explicamos, con claridad, qué opciones tienes y qué pasos puedes dar.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo aceptar solo parte de la herencia?

No. La aceptación es total.

¿Qué pasa si no hay acuerdo entre hermanos?

Pueden acudir a la división judicial de herencia.

¿Puedo renunciar a mi parte en favor de un hermano?

Sí, mediante cesión de derechos hereditarios.

¿Qué ocurre si aparece un bien años después?

Debe abrirse un expediente de adición de herencia.

Marco legal