Publicado el 15 de septiembre de 2025 · Actualizado el 4 de mayo de 2026 · Civil · 5 min de lectura

Cláusulas abusivas en hipotecas: qué son, cómo se reclaman y cuánto se puede recuperar

Imprescriptiblela acción de nulidad de la cláusula abusiva
15.000 €umbral entre juicio verbal y juicio ordinario
STJUE22 de abril de 2021: limita el plazo de restitución

Durante décadas, millones de hipotecas en España contuvieron cláusulas que los bancos presentaban como estándar pero que los tribunales europeos y nacionales han declarado nulas por ser abusivas. Las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han generado el mayor volumen de litigación bancaria de la historia reciente. Si tienes o has tenido una hipoteca, es probable que puedas recuperar dinero.

Qué es una cláusula abusiva según la ley y el TJUE

La Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores define una cláusula abusiva como aquella que, en contra de las exigencias de la buena fe, causa en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes. La Ley de Condiciones Generales de la Contratación y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios desarrollan esta definición en el derecho español.

La consecuencia jurídica es la nulidad de pleno derecho: la cláusula se tiene por no puesta desde el inicio del contrato y el banco debe restituir todo lo cobrado en virtud de ella, con intereses desde cada cobro.

Las cláusulas más reclamadas en España

Cláusula suelo

Establecía un tipo de interés mínimo que impedía al cliente beneficiarse de las bajadas del Euríbor. Declarada abusiva por el TJUE en diciembre de 2016, con devolución retroactiva de todo lo cobrado desde la firma.

IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios)

Sustitutivo del Euríbor en algunas hipotecas, sistemáticamente más alto. El TJUE exige que el juez nacional valore si fue comercializado con suficiente transparencia. Todavía hay litigación activa.

Gastos de formalización

El Tribunal Supremo declaró que el IAJD, la notaría, el registro y la gestoría debían distribuirse entre banco y cliente según lo pactado, y en muchos casos la banca asumía todos los gastos del cliente. Recuperación parcial o total según el año de firma.

Comisión de apertura

El TJUE aceptó que puede ser válida si está claramente informada, pero exige que el banco acredite que el cliente fue debidamente informado de su importe real antes de firmar.

Vencimiento anticipado

Cláusulas que permitían al banco declarar el vencimiento de toda la hipoteca con un solo impago. El Tribunal Supremo y el TJUE las han limitado significativamente a favor del consumidor.

Intereses moratorios abusivos

Tipos de interés de demora muy superiores al interés remuneratorio. El Tribunal Supremo fijó que no puede superar el interés remuneratorio más dos puntos.

La jurisprudencia del TJUE que lo cambió todo

La sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016 sobre las cláusulas suelo supuso el punto de inflexión: declaró que la devolución debía ser íntegra y retroactiva desde la firma del contrato, no solo desde la reclamación. A partir de ahí se abrió la posibilidad de reclamar decenas de miles de euros para hipotecas firmadas hace 15 o 20 años.

La sentencia del TJUE de 22 de abril de 2021 matizó el panorama: estableció que el plazo para reclamar la restitución de cantidades puede estar sujeto a limitaciones temporales, aunque la nulidad de la cláusula en sí misma sigue siendo imprescriptible. Este pronunciamiento ha generado debate jurídico y litigación activa sobre los plazos aplicables.

Cómo funciona la reclamación: extrajudicial y judicial

Paso 1 — Revisión documental

Escritura de préstamo hipotecario, novaciones, extractos bancarios de los últimos años. Se identifican las cláusulas potencialmente abusivas y se calcula el importe recuperable con intereses.

Paso 2 — Reclamación al banco

Se presenta escrito formal solicitando la nulidad y la devolución. El banco tiene plazo para responder. En algunos casos ofrece acuerdo en esta fase, normalmente por un importe inferior al que reconocería el juzgado.

Paso 3 — Valorar la oferta

Antes de aceptar cualquier acuerdo, conviene calcular si el importe cubre la totalidad de lo recuperable con intereses. Las ofertas bancarias frecuentemente excluyen los intereses desde cada cobro indebido.

Paso 4 — Vía judicial si no hay acuerdo

Juicio verbal hasta 15.000 €, juicio ordinario para cuantías superiores. En muchos casos los tribunales condenan al banco en costas, lo que reduce el riesgo económico del reclamante.

Plazos: cuándo caduca el derecho a reclamar

La acción de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible: puede ejercitarse en cualquier momento mientras el contrato esté vigente o después de su cancelación. La discusión jurídica actual se centra en el plazo para la acción de restitución de las cantidades cobradas (recuperar el dinero), que algunos tribunales consideran sujeta al plazo general de 5 años del Código Civil. La jurisprudencia no está completamente unificada en este punto, lo que hace aconsejable actuar cuanto antes.

Hipotecas ya canceladas: ¿puedo reclamar igualmente?

Sí. La cancelación del préstamo no extingue el derecho a reclamar lo que se pagó de más durante su vigencia. Numerosas sentencias de las Audiencias Provinciales, incluida la de Asturias, han reconocido el derecho a la restitución en hipotecas liquidadas hace años. Lo relevante es si las cláusulas eran abusivas y cuánto se pagó en virtud de ellas, no si el préstamo sigue activo.


Errores frecuentes en la reclamación

Aceptar la oferta del banco sin calcular

La oferta inicial del banco rara vez incluye los intereses desde cada cobro indebido. Sin ese cálculo, no sabes si estás aceptando el 50% o el 80% de lo que te corresponde.

Reclamar solo una cláusula cuando hay varias

Una misma hipoteca puede contener cláusula suelo, IRPH, gastos abusivos e intereses moratorios excesivos. Reclamar solo una es dejar dinero sobre la mesa.

No conservar la documentación

La escritura original, las novaciones y los extractos de los primeros años son imprescindibles. Si no los tienes, el banco o el notario pueden facilitarlos, aunque con coste.

Esperar a ver si los plazos se clarifican

Dado que la jurisprudencia sobre plazos de restitución no está completamente cerrada, esperar puede suponer perder parte del importe recuperable si finalmente se impone un plazo de caducidad.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo recuperar por la cláusula suelo?+

Depende del diferencial entre el tipo suelo y el Euríbor durante el periodo afectado, multiplicado por el capital pendiente en cada momento. En hipotecas con suelo del 3,5-4% firmadas antes de 2014, las cantidades recuperables suelen estar entre 5.000 y 25.000 euros, a las que se suman los intereses desde cada cobro indebido.

¿El banco puede negarme la escritura de mi hipoteca?+

No. Tienes derecho a obtener copia de la escritura en cualquier momento. Puedes solicitarla a la notaría donde se firmó (con coste) o a tu banco si lo tiene en sus archivos.

¿Puedo reclamar si ya vendí la vivienda?+

Sí. La venta de la vivienda no extingue la acción de nulidad ni el derecho a la restitución de cantidades cobradas mientras eras titular del préstamo.

¿El proceso es costoso si pierdo?+

En materia de cláusulas abusivas los tribunales suelen condenar al banco en costas cuando se estima la demanda. Si pierdes, dependiendo del caso puede haber imposición de costas al demandante. Es importante valorar las probabilidades de éxito antes de litigar.

¿Cuánto tiempo tarda la reclamación?+

La fase extrajudicial puede resolverse en 2-4 meses. Si hay que ir a juicio, lo habitual en los Juzgados de Primera Instancia de Oviedo es entre 8 y 18 meses hasta sentencia.