Derecho Penal · Guardia

Asistencia al detenido 24 horas en Asturias

Asistencia letrada desde el primer momento de la detención. Oviedo, Gijón y Avilés.

Situaciones frecuentes

¿En qué podemos ayudarte?

Me acaban de detener

Asistencia inmediata en comisaría antes de cualquier declaración.

Me han citado como investigado

Preparación de la declaración y estrategia antes de comparecer.

Han detenido a un familiar

Localización del detenido y asistencia urgente en el centro policial.

Me han notificado una detención futura

Orientación previa para saber qué decir y qué no decir.

Quiero saber si debo declarar

El detenido tiene derecho a no declarar. Te explicamos cuándo conviene ejercerlo.

Me prohíben comunicarme con alguien concreto

Las restricciones de comunicación en detención tienen límites legales precisos que conocemos.

Cómo actuamos

Proceso paso a paso

Fases
01
Localización y desplazamiento inmediato — Nos desplazamos al lugar de detención en el menor tiempo posible, cualquier día y hora.
Inmediato
02
Entrevista reservada antes de declarar — Explicamos la situación al detenido, analizamos los hechos y definimos qué declarar.
1.er día
03
Asistencia en la declaración policial — Acompañamos al detenido, velamos por sus derechos y actuamos ante cualquier irregularidad.
1.er día
04
Continuidad de la defensa — Si el procedimiento continúa, asumimos la defensa desde ese primer momento.
Según procedimiento

La detención policial genera una situación de alta presión en la que cada palabra tiene consecuencias procesales. El derecho a la asistencia letrada desde el primer momento no es un trámite: es la diferencia entre una declaración que protege o una que compromete.

"Antes de declarar en comisaría, el detenido tiene derecho a entrevistarse en privado con su abogado. Ese tiempo es más valioso de lo que parece: es cuando se decide qué decir y qué no decir."

La intervención en guardia de detenidos exige disponibilidad real y criterio jurídico inmediato. No basta con estar presente: hay que conocer el tipo de delito imputado, valorar la documentación policial disponible, orientar al cliente sobre su derecho a no declarar o a declarar solo ante el juez, y anticipar las consecuencias de cada opción. A partir de la primera declaración, la estrategia de defensa ya está condicionada.

Disponibilidad 24 horas

Atendemos avisos de guardia cualquier día de la semana, incluidos festivos. El plazo máximo de detención es de 72 horas: cada minuto cuenta.

Entrevista reservada antes de declarar

Antes de cualquier declaración, el detenido tiene derecho a reunirse a solas con su abogado. Explicamos la situación con claridad y sin prisas.

Continuidad de la defensa

La asistencia en comisaría no termina al salir. Si el procedimiento continúa, gestionamos la estrategia completa desde ese primer momento.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio declarar cuando estoy detenido? +

No. El detenido tiene derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo. La conveniencia de declarar o no debe valorarse en función de la situación concreta del procedimiento y de la información disponible en ese momento.

¿Puedo cambiar mi versión más adelante? +

Es posible matizar o ampliar una declaración en fases posteriores, pero las manifestaciones iniciales quedan incorporadas al procedimiento. Por ello es esencial que la primera actuación esté guiada por criterios jurídicos y no por la presión del momento.

¿Qué ocurre después de la declaración ante el juez? +

Tras la comparecencia, el juez puede acordar la libertad, imponer medidas cautelares o, en supuestos excepcionales, ordenar el ingreso en prisión provisional. A partir de ahí se desarrolla la instrucción, en la que se practicarán diligencias de prueba y se definirá de forma más precisa la acusación.

AnteriorDefensa y acusación particular SiguienteDelitos leves y juicios rápidos
¿Has sido detenido o citado a declarar?
LlamarContactar