Vicios ocultos en compraventas
Reclamaciones por vicios ocultos en compraventas de vehículos, viviendas u otros bienes, con un enfoque técnico en la prueba del defecto y en la responsabilidad del vendedor.
Derecho civil · Vicios ocultos en compraventas
La aparición de defectos graves tras la compra de un vehículo, una vivienda u otros bienes genera una sensación de desprotección y conflicto con el vendedor. La regulación de los vicios ocultos exige acreditar que el defecto era preexistente, que no era fácilmente detectable y que afecta de manera relevante al uso o al valor del bien adquirido.
AGAME Abogados analiza cada caso a partir del contrato o documento de compraventa, de los informes técnicos o periciales disponibles y de la evolución de las incidencias desde la entrega del bien. Se estudia si concurren los requisitos legales para considerar el defecto como vicio oculto y qué opciones ofrece la normativa: resolución del contrato, rebaja del precio o, en su caso, reclamación de daños y perjuicios.
El objetivo es articular una reclamación sólida que combine una adecuada fundamentación jurídica con una prueba técnica que respalde la existencia, el origen y la relevancia del defecto.
Cómo abordamos este tipo de asuntos
La intervención comienza con la recopilación de la documentación relevante: contrato, factura, anuncios o comunicaciones previas, historial de reparaciones y cualquier informe mecánico, técnico o de inspección. A partir de ahí se delimita el defecto concreto, el momento en que se manifestó y las gestiones realizadas con el vendedor o con la empresa intermediaria.
Se valora la conveniencia de encargar un informe pericial específico, de remitir un requerimiento fehaciente al vendedor y de plantear, en su caso, una demanda ejercitando las acciones previstas en la normativa aplicable. Durante todo el proceso se tiene en cuenta la viabilidad económica de la reclamación y los plazos de ejercicio de las acciones.
Análisis del defecto y de la compraventa
Estudiamos el contrato, la documentación del bien y los informes técnicos para determinar si estamos ante un verdadero vicio oculto.
Estrategia probatoria y pericial
Organizamos la prueba documental y, cuando es necesario, pericial para acreditar el origen, la entidad y las consecuencias del defecto.
Acciones legales disponibles
Valoramos la viabilidad de solicitar la resolución de la compraventa, una rebaja del precio o la indemnización de daños y perjuicios.
Cuándo contactar con un abogado
Es recomendable buscar asesoramiento en vicios ocultos cuando:
- Tras la compra de un vehículo o una vivienda aparecen averías o defectos graves que no se conocían en el momento de la adquisición.
- El vendedor niega la existencia del defecto, afirma que es un desgaste normal o se limita a proponer soluciones insuficientes.
- Has asumido reparaciones de importe relevante y dudas si puedes reclamar su coste total o parcial.
- Necesitas saber qué plazos tienes para ejercitar acciones por vicios ocultos y qué documentación conviene recopilar.
- Quieres valorar si resulta más adecuado solicitar la resolución del contrato o una rebaja del precio.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera exactamente un vicio oculto?
Se consideran vicios ocultos aquellos defectos graves, preexistentes a la compraventa y no fácilmente detectables por un comprador medio, que afectan de forma relevante al uso o al valor del bien adquirido.
¿Es imprescindible un informe pericial?
En muchos casos resulta muy recomendable, especialmente en compraventas de vehículos o inmuebles, porque permite acreditar el origen del defecto, su antigüedad y el coste de las reparaciones necesarias.
¿Qué acciones puedo ejercitar frente al vendedor?
La normativa permite, según el caso, solicitar la resolución del contrato con devolución del precio, una rebaja proporcional o la indemnización de daños y perjuicios. La elección depende de la entidad del defecto y de la situación concreta.