Abogado por delito de amenazas en Oviedo
Actuamos como acusación particular si eres víctima o como defensa si eres el denunciado. Oviedo y toda Asturias.
¿En qué podemos ayudarte?
Me han amenazado y quiero denunciar
Te asesoramos sobre la prueba, la denuncia y el procedimiento a seguir.
Me han denunciado por amenazas
Defensa desde las primeras diligencias para proteger tu posición.
Amenazas por WhatsApp o redes sociales
La prueba digital tiene tratamiento específico. Asesoramos sobre cómo preservarla y aportarla.
Amenazas en contexto de violencia de género
Procedimiento específico con juzgados especializados y medidas de protección.
Amenazas en el entorno laboral
Acoso laboral con componente amenazante. Vía penal y laboral simultáneas.
Me han citado a declarar por amenazas
Preparación de la declaración y estrategia según tu posición en el procedimiento.
Proceso paso a paso
El delito de amenazas (artículos 169 a 171 del Código Penal) abarca desde las amenazas graves con exigencia de condición hasta las amenazas leves entre particulares. La diferencia entre un tipo y otro tiene consecuencias muy distintas: desde multa hasta varios años de prisión. Por eso el primer análisis jurídico de los hechos es determinante.
Tanto si eres víctima que quiere denunciar como si eres la persona denunciada, el momento más importante es el primero. La prueba se puede perder, las declaraciones iniciales condicionan todo lo que viene después y los plazos para actuar son cortos. En AGAME Abogados atendemos casos de amenazas en Oviedo, Gijón y toda Asturias con intervención desde el primer contacto.
"Una amenaza no necesita cumplirse para ser delito. Necesita ser seria, creíble y producir temor en la víctima. Eso lo valora el juez, y la prueba que se aporte desde el principio define el resultado."
Prueba digital
WhatsApp, redes sociales, correos. Asesoramos sobre cómo preservar la prueba correctamente para que sea válida en juicio.
Víctima o denunciado
Trabajamos en las dos posiciones. Si eres víctima, ejercemos la acusación particular. Si eres denunciado, construimos la defensa desde el primer momento.
Medidas de protección
Si la situación lo requiere, solicitamos medidas cautelares urgentes: orden de alejamiento, prohibición de comunicaciones.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente el delito de amenazas?
El delito de amenazas (art. 169-171 del Código Penal) consiste en anunciar a alguien que se le va a causar un mal en su persona, familia o bienes. No es necesario que el mal se produzca; basta con que la amenaza sea seria y creíble para la víctima.
¿Las amenazas por WhatsApp son delito?
Sí. Las amenazas realizadas por mensajes, redes sociales o cualquier medio digital tienen el mismo tratamiento que las presenciales. Los mensajes de WhatsApp son prueba válida y pueden ser aportados al procedimiento.
¿Qué pena tiene el delito de amenazas?
Depende de la gravedad. Las amenazas graves con condicionamiento pueden llevar de 1 a 5 años de prisión. Las amenazas leves se castigan con multa. Si se usa arma o hay relación afectiva entre las partes, las penas son superiores.
Me han amenazado, ¿qué hago primero?
Conserva todas las pruebas: capturas de pantalla, audios, mensajes. Si hay testigos, apunta sus datos. Denuncia cuanto antes en comisaría o juzgado de guardia. Si la amenaza es grave e inmediata, llama al 112.